{"id":4753,"date":"2026-10-08T08:57:14","date_gmt":"2026-10-08T11:57:14","guid":{"rendered":"https:\/\/fmmural91.uno\/2024\/?p=4753"},"modified":"2026-10-08T08:57:15","modified_gmt":"2026-10-08T11:57:15","slug":"amparo-de-la-defensoria-del-pueblo-bonaerense","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmmural91.uno\/2024\/amparo-de-la-defensoria-del-pueblo-bonaerense\/","title":{"rendered":"Amparo de la Defensor\u00eda del Pueblo bonaerense"},"content":{"rendered":"\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Una cautelar en defensa del relevamiento de tierras<\/h1>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">La Justicia orden\u00f3 al Gobierno nacional que informe cu\u00e1ntas hect\u00e1reas de la provincia de Buenos Aires est\u00e1n en manos de extranjeros y d\u00f3nde est\u00e1n ubicadas. La Corte, adem\u00e1s, apura el tr\u00e1mite para un posible nuevo fallo.<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por<a href=\"https:\/\/www.pagina12.com.ar\/autores\/irina-hauser\"> Irina Hauser   &#8211;   Fuente: <\/a><a href=\"https:\/\/www.pagina12.com.ar\/\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/<\/a>   8 de octubre, 2026.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En medio del revuelo por la derogaci\u00f3n de la Ley de Tierras que dej\u00f3 en pie el fallo de la Corte Suprema ante la demanda de los excombatientes de Malvinas, <strong>una jueza de La Plata dict\u00f3 una medida cautelar para que el Estado Nacional informe cu\u00e1nta tierra<\/strong> ubicada en la provincia de Buenos Aires est\u00e1 en manos extranjeras y le orden\u00f3 que preserve toda la informaci\u00f3n p\u00fablica (registral, catastral, administrativa) \u201cen el marco del Registro Nacional de Tierras Rurales\u201d. <strong>El objetivo es evitar que todos los datos que hay disponibles hasta ahora en ese relevamiento se pierdan<\/strong>, sean destruidos o alterados en funci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de la norma. La decisi\u00f3n es resultado de un planteo del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La apuesta de m\u00e1xima de Lorenzino, a trav\u00e9s de una acci\u00f3n preventiva de da\u00f1os, es que se declare la inconstitucionalidad del art\u00edculo 154 del DNU 70\/2023, que dispuso la derogaci\u00f3n de la Ley de Tierras, que limitaba la extranjerizaci\u00f3n. Se present\u00f3 despu\u00e9s del fallo de la Corte que la semana pasada dej\u00f3 a la tierra rural sin ninguna clase de resguardo con la excusa de negar legitimaci\u00f3n en la causa al Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El defensor se\u00f1al\u00f3 el riesgo, en la situaci\u00f3n actual, de que se produzcan o agraven \u201cafectaciones de incidencia colectiva sobre bienes ambientales y territoriales concretos &#8211;suelo, recursos naturales e h\u00eddricos&#8211; y sobre las condiciones necesarias para el conocimiento, planificaci\u00f3n y ordenamiento de la estructura territorial rural de la Provincia de Buenos Aires\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Un registro fundamental<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La jueza en lo contencioso administrativo de La Plata G\u00fcendalina Sessarego, reconoci\u00f3, ante todo, la legitimaci\u00f3n para llevar adelante la causa al defensor del Pueblo local, pero sostuvo que ella no es competente para tramitar la causa referida a un DNU dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y una ley nacional, pero evalu\u00f3 que hab\u00eda razones para firmar una medida cautelar parcial que ponga a salvo la informaci\u00f3n disponible sobre tierra rural en manos for\u00e1neas, en lo que ata\u00f1e a su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los mecanismos de control y protecci\u00f3n que hab\u00eda establecido la Ley 26.737 (de Protecci\u00f3n al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesi\u00f3n o Tenencia de las Tierras Rurales), que data de 2011, fue la creaci\u00f3n del Registro Nacional de Tierras en el \u00e1mbito del Ministerio de Justicia. Se trata del organismo encargado de llevar adelante la medici\u00f3n, fiscalizaci\u00f3n, el almacenamiento y actualizaci\u00f3n de los datos sobre tierras rurales en manos de extranjeros, ya sean personas humanas o jur\u00eddicas. Adem\u00e1s de guardar la informaci\u00f3n, deb\u00eda controlar la aplicaci\u00f3n de la ley, que pon\u00eda un l\u00edmite a la extranjerizaci\u00f3n a nivel nacional y provincial del 15 por ciento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los enclaves extranjeros est\u00e1n a lo largo y ancho del pa\u00eds, pero tienen un rasgo en com\u00fan: se encuentran en zonas fronterizas y territorios con recursos h\u00eddricos, mineros, puertos o v\u00edas navegables. Hay localidades que el l\u00edmite del 15 por ciento (incluso el 30 por ciento), por ejemplo, alrededor del r\u00edo Paran\u00e1, lo que incluye Z\u00e1rate y Campana en la provincia de Buenos Aires, se\u00f1aladas en la presentaci\u00f3n de Lorenzino. En su demanda, el defensor advirti\u00f3 que la \u201camenaza de da\u00f1o colectivo\u201d se presenta \u201ccon la posibilidad de que una sucesi\u00f3n de operaciones produzca modificaciones acumulativas relevantes en determinadas jurisdicciones bonaerenses durante un per\u00edodo en el cual las herramientas p\u00fablicas destinadas a conocerlas, medirlas y seguir su evoluci\u00f3n se encontrar\u00edan debilitadas o sometidas a redefinici\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sostuvo que \u201cel transcurso del tiempo durante la sustanciaci\u00f3n del proceso no resulta neutro, pues podr\u00edan celebrarse nuevas operaciones, inscribirse derechos reales y generarse sucesivas relaciones jur\u00eddicas cuya reversi\u00f3n futura resultar\u00eda progresivamente m\u00e1s compleja, al tiempo que una eventual discontinuidad en la actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n podr\u00eda impedir conocer con precisi\u00f3n las modificaciones producidas durante dicho per\u00edodo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para analizar la cuesti\u00f3n de fondo, la jueza Sessarego envi\u00f3 el expediente a la C\u00e1mara Federal de La Plata para que se sortee un juzgado en ese fuero que se haga cargo del caso. Es probable que all\u00ed se presente alguna organizaci\u00f3n ante la posibilidad de que Lorenzino, por ser un actor local, deba dejar la causa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para ordenar la cautelar, la magistrada dijo que hay \u201cverosimilitud\u201d en el planteo y \u201cpeligro en la demora\u201d porque est\u00e1n en juego derechos \u201cde incidencia colectiva de naturaleza ambiental\u201d e \u201cinformaci\u00f3n p\u00fablica\u201d que se debe preservar. Se\u00f1al\u00f3 la \u201cparticular relevancia\u201d del \u201cacceso a la informaci\u00f3n ambiental reconocido expresamente por el art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n Nacional y por la Ley General del Ambiente\u201d. \u201cLo que aqu\u00ed se procura preservar no es solamente un elemento probatorio para el proceso, sino la informaci\u00f3n en poder del Estado que resulta relevante para conocer la evoluci\u00f3n de una realidad territorial din\u00e1mica y, eventualmente, adoptar medidas adecuadas frente a potenciales da\u00f1os\u201d, advirti\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Respecto del peligro de que pase el tiempo sin que se tome una medida, dijo que est\u00e1 relacionado no solo con la posibilidad de que una eventual sentencia en el futuro resulte imposible o dif\u00edcil de ejecutar, sino con el \u201cperjuicio\u201d concreto que puede generar \u201cla p\u00e9rdida de informaci\u00f3n p\u00fablica relevante recabada desde la sanci\u00f3n del R\u00e9gimen en el a\u00f1o 2011 (hoy derogado), es decir, a lo largo de casi quince a\u00f1os\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed, le dio cinco d\u00edas h\u00e1biles al Gobierno nacional para que informe ante nuevo juzgado que intervenga \u201chasta qu\u00e9 fecha fueron relevados, producidos o registrados datos e informaci\u00f3n p\u00fablica en el marco de la Ley 26.737 y del Registro Nacional de Tierras Rurales\u201d. Le indic\u00f3 que debe preservar \u201clos antecedentes registrales, catastrales y administrativos y toda otra informaci\u00f3n p\u00fablica relevante vinculada con las tierras rurales de la Provincia de Buenos Aires, evitando su destrucci\u00f3n, p\u00e9rdida o alteraci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>M\u00e1s se\u00f1ales de la Corte<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ante el escenario que dej\u00f3 el fallo de la Corte de la semana pasada y el comunicado posterior que parec\u00eda alentar que hubiera nuevas presentaciones, la de Lorenzino no fue la \u00fanica. Los diputados Miguel \u00c1ngel Pichetto y Nicol\u00e1s Massot pidieron una cautelar ante el juzgado contencioso porte\u00f1o a cargo de Enrique Alonso Regueira. El juez les rechaz\u00f3 una medida m\u00e1s r\u00e1pida (o precautelar) pero a\u00fan no resolvi\u00f3 la cautelar propiamente dicha.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Fundaci\u00f3n Interactiva para la Cultura del Agua, le reclam\u00f3 al juez de La Plata Alberto Recondo que tome una decisi\u00f3n en la causa que impulsa (con una medida cautelar y un amparo) contra la derogaci\u00f3n de la Ley de Tierras desde febrero de 2024. El magistrado hab\u00eda supeditado una definici\u00f3n a lo que ocurriera con el expediente del CECIM. La organizaci\u00f3n \u2013que se hab\u00eda presentado junto con otro grupo de entidades&#8211; le exige al juez que avance. Habr\u00e1 que ver.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este mi\u00e9rcoles, el m\u00e1ximo tribunal sum\u00f3 una nueva se\u00f1al de aparente voluntad de agilizar alguna definici\u00f3n en otro expediente sobre la Ley de Tierras, que promueven la Asociaci\u00f3n Arbol de Pie y dos comunidades mapuches junto con la legisladora de R\u00edo Negro, Magdalena Odarda, adem\u00e1s de vecinos de la provincia. La Corte les dio un plazo de 24 horas para impugnar o consentir a los conjueces que fueron sorteados este martes para intervenir en su amparo, Diego Barroetave\u00f1a y el camarista de Mendoza Juan Ignacio P\u00e9rez Curci. El tribunal convoca a conjueces cuando entre los tres integrantes (Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz) no se ponen de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se trata de un amparo que tramitaba en conexidad con el de los excombatientes, pero que hab\u00eda sido remitido directamente a la Corte por la Sala III de la C\u00e1mara Federal de La Plata despu\u00e9s de dictar la inconstitucionalidad de la derogaci\u00f3n de la norma en cuesti\u00f3n. Nunca se dict\u00f3 o desestim\u00f3 una medida cautelar en este expediente puntual. La semana pasada los amparistas pidieron que la Corte les aclare en qu\u00e9 situaci\u00f3n quedaban despu\u00e9s del fallo contra el CECIM. El m\u00e1ximo tribunal, golpeado por la reacci\u00f3n social y las cr\u00edticas de la comunidad jur\u00eddica, tiene la posibilidad de desandar el camino que, por ahora, habilit\u00f3 la venta ilimitada de tierras a extranjeros, como pretend\u00eda el gobierno de Javier Milei.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una cautelar en defensa del relevamiento de tierras La Justicia orden\u00f3 al Gobierno nacional que informe cu\u00e1ntas hect\u00e1reas de la provincia de Buenos Aires est\u00e1n en manos de extranjeros y d\u00f3nde est\u00e1n ubicadas. La Corte, adem\u00e1s, apura el tr\u00e1mite para un posible nuevo fallo. Por Irina Hauser &#8211; Fuente: https:\/\/www.pagina12.com.ar\/ 8 de octubre, 2026. 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